La Ley de Migración y Extranjería de Chile que entró en vigencia el pasado mes de febrero indica que los venezolanos; así como de los cubanos, haitianos, dominicanos, entre otros extranjeros, para poder ingresar al país deben solicitar previamente la visa de Permanencia Transitoria en el consulado chileno de su país.
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La visa de Permanencia Transitoria, sustituye a la visa de turismo y se otorga a los extranjeros que desean ingresar a Chile sin intensiones de residir en él y cuya estadía no sobrepase los 90 días.
El Servicio Nacional de Migraciones de Chile en su cuenta @MigracionesCL tuiteó este lunes: “No requieren Visa para el ingreso y estadía en Chile, sin intención de establecerse, quien lo haga como titular de Permanencia Transitoria. Sí requieren autorización previa las y los nacionales de países como Venezuela, Haití, Rep. Dominicana, Cuba, Dominica, entre otros”.
Además @MigracionesCL publicó el listado de países que requieren autorización previa en el que se detalla el costo de los aranceles de la visa de permanencia, que en el caso de los venezolanos indica que es de 50 dólares.
La visa o permiso de permanencia transitoria no permite realizar actividades remuneradas, salvo casos excepcionales, autorizados por el Servicio Nacional de Migraciones, tratándose de actividades específicas y esporádicas.
“La visa de permanencia transitoria puede tener una vigencia de hasta 10 años. Al otorgarse se señalará el número de ingresos permitidos. De no señalarse estos, se entenderá que se autoriza un número de ingresos ilimitados durante el período de vigencia de la visa. Lo anterior se encuentra en proceso de adecuación”, señala la web de servicios consulares de Chile.
Todos los detalles sobre el trámite de la Visa de Permanencia Transitoria se encuentran en la página web de Consulares del Gobierno chileno.
Con información de Sela ORG